La Ley de Copropiedad inmobiliaria ya cumplió seis meses desde su puesta en marcha y en ese periodo son varios los aspectos que han cambiado en la convivencia entre residentes de una comunidad inmobiliaria.
Desde la tenencia responsable de mascotas, hasta la forma en que se formulan las asambleas y reuniones entre los vecinos, han ido cambiando. Dentro de estas innovaciones, una que llamó la atención y causó discusión en su momento, fue la del descuento en los gastos comunes a los miembros del Comité de Administración.
¿En qué consiste? Según la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, vigente desde abril de 2022, este grupo de personas que forma parte del Comité de Administración, realiza una labor sin recibir a cambio una remuneración, lo que implica un trabajo que hacen de manera voluntaria y que con la nueva Ley se “premia” con este descuento especial.
El trabajo de este Comité de Administración va desde establecer multas cuando así lo requiera, así como salvaguardar la sana convivencia dentro del edifico y supervisar además las tareas que realiza el administrador.
Una tarea que no es fácil y además es muy importante en la comunidad y que gracias a esta nueva Ley hoy los encargados de realizarla tienen una gratificación.
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Montos de descuento en gastos comunes
Se trata de un punto en la ley que ha resultado en polémica, puesto que el descuento que se realice a los miembros de este comité tendrán que prorratearse de alguna otra forma, para poder cuadrar los gastos del mes. Sin embargo, se debe considerar que, al contratar personas externas para dicha tarea, estas cobrarían un salario, lo que podría ser más costoso.
La ley entonces, no establece los montos de descuento para quienes estén interesados en ser parte de este Comité de Administración, por lo tanto será un tema que tendrán que resolver en una asamblea y deberá votarse entre los residentes, para poder determinar cuál será el monto y las alternativas para poder cubrir dicho costo.
Es muy importante considerar en esta nueva normativa que, el número de miembros del comité de copropietarios deberá ser impar y se introduce la integración del comité por sorteo y con el mencionado descuento de los gastos comunes.
En paralelo, la remuneración del administrador es fijada por el Comité de Administración y se deberá rendir cuenta mensual de su gestión.
Todos estos cambios invitan a que los propietarios y arrendatarios de un edificio, se involucren cada día más en las decisiones y sean parte de éstas, para no dejar la responsabilidad en unos pocos y para no ser víctimas de cobros indebidos.
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