Un Plan de emergencia y evacuación no se limitan solo a los sismos, si no también a incendios, inundaciones y todo tipo de siniestro que puede afectar a una comunidad.
Una seguidilla de temblores se han registrado en el país, principalmente en la región del Bio Bio, lo que ha aumentado la preocupación de los habitantes y los ha llevado además a extremar las precauciones y tomar medidas para saber cómo actuar ante una emergencia.
Ante esto la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria, exige que el Plan de Emergencia sea presentado por el primer dueño de un edificio, que en este caso sería la Inmobiliaria, a diferencia de la ley anterior, que dejaba esa tarea al primer Comité de Administración. De esta manera la comunidad tiene un plan, desde el primer día de instalación y funcionamiento.
También te puede interesar: ¿Qué hacer en caso de un temblor si vivo en un edificio?
Nueva ley exige un Plan de emergencia y evacuación
¿Qué dice la nueva legislación? “Todo condominio deberá tener un Plan de Emergencia ante siniestros o emergencias, tales como incendios, terremotos, tsunamis u otros eventos que puedan dañar a las personas, a las unidades y/o a los bienes de dominio común del condominio. El Plan de Emergencia deberá incluir las acciones a tomar antes, durante y después del siniestro o emergencia, con especial énfasis en la alerta temprana y los procedimientos de evacuación ante incendios.
El primer Plan de Emergencia, que deberá contener el plan de evacuación, tendrá que ser suscrito por la persona natural o jurídica propietaria del condominio y deberá acompañarse como antecedente al solicitar la recepción definitiva del proyecto acogido al régimen de copropiedad inmobiliaria, salvo que la solicitud para acogerse al referido régimen se presente respecto de una edificación que ya cuenta con recepción definitiva, en cuyo caso el plan de emergencia deberá acompañarse al solicitar el certificado referido en el artículo 48 de esta ley”.
Otra novedad que implica la puesta en marcha de esta nueva ley que lleva seis meses de puesta en marcha en el país, es que se exige que el Plan de Emergencia y evacuación sean elaborados y certificados por un Ingeniero en Prevención de Riesgos.
“La elaboración del primer Plan de Emergencia y Evacuación, así como sus actualizaciones, serán realizadas y suscritas por un ingeniero en prevención de riesgos, debiendo dar cumplimiento a la norma técnica que para dicho efecto señale el reglamento de esta ley. La actualización de este Plan deberá ser suscrita además por el presidente del comité de administración y por el administrador del condominio”, agrega.
¿Tu edificio cuenta con un Plan de Emergencia y Evacuación?
El objetivo de este Plan de Emergencia y Evacuación es el de evitar accidentes, detección temprana de accidentes y siniestros, además de una respuesta rápida que proteja a los residentes del condominio.
Ante estas nuevas exigencias, el Ministerio de Vivienda, entregó recomendaciones para la creación de un plan exitoso, que consta de cinco pasos:
- Analiza las amenazas y riesgos: Se debe observar y analizar el edificio, tanto a nivel externo como interno. De esta manera, se podrán identificar riesgos adicionales en caso de una emergencia.
- Evalúa los recursos disponibles: Contar con un inventario de recursos te permitirá saber con qué implementos cuentas y qué mejoras puede implementar la comunidad.
- Define acciones y grupos de apoyo: Este paso implica determinar las acciones operativas para llevar a cabo el Plan de Emergencia y Evacuación.
- Lleva el plan al papel: La comunidad debe tener un croquis o plano de la edificación, donde se muestre de manera gráfica la información que se ha recopilado y esté a disposición de todos los copropietarios.
- Difunde y evalúa: Para que el plan de emergencia realmente funcione se debe compartir con todos los copropietarios. Así sabrán qué hacer y cómo reaccionar ante una emergencia. Además, permitirá recoger propuestas o mejoras.
Te invitamos a consultar a tu comité de Administración y asegurarte de que están protegidos y respaldados ante un siniestro.
Si te gustó este artículo, te invitamos a revisar nuestro Blog Inmobiliario, donde encontrarás más información de interés.